
El sacerdote Moschetta aclaró que no incumplió con la cuarentena tras denuncia de un vecino
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El sacerdote escribió a través de un Comunicado que: "El art. 205 Código Penal establece: 'Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia'", y en éste marco, "las 'medidas adoptadas...' consisten en no permitir a las personas salir de sus casas, SALVO en nuestro caso 'la circulación de los ministros de los diferentes Cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual' (circulé de mi casa a la Parroquia para celebrar la Misa más importante del año litúrgico)", escribió.
Y continúo, "debiendo los templos ajustarse en su FUNCIONAMIENTO (esto significa que los templos pueden funcionar, y para que funcionen necesito la ayuda de personas para su limpieza, ordenarlo, preparar los elementos para la liturgia como en esa tarde fueron encender el fuego, preparar las botellas de agua para la liturgia bautismal, controlar el funcionamiento eléctrico, atender el dispositivo adecuado para transmitir la celebración a todas las personas que esperaban, hacer las 7 lecturas de la noche, cerrar el templo, etc.)".
El presbítero Moschetta agregó que "el primer párrafo del artículo 5to. del Decreto Nro 297/20 establece que están 'prohibidos todos los oficios religiosos comunitarios'. El oficio religioso celebrado el Sábado Santo por la noche NO FUE COMUNITARIO PUES NO HABÍA FELIGRESES, y las personas que me acompañaban tenían las funciones incluidas en las excepciones de la norma positiva y de las normas naturales en estado de necesidad".
En éste sentido, el sacerdote aclaró que "actué conforme los derechos y los deberes que tengo como Párroco de la Parroquia Sagrada Familia y mis únicos superiores son el Obispo y el Papa. No actúe como Director de Culto por lo que el tema no es jurisdicción del Estado provincial, y hay que recordar que la Iglesia Católica es anterior al Estado".
"La norma de excepción que entró en vigencia hoy tiene efecto retroactivo en cuanto es ley penal más favorable al imputado. Quiero aclarar que las personas que colaboraban en mis tareas pastorales mantenían las distancias mínimas establecidas en la reglamentación utilizando los cubre bocas correspondientes en una superficie de casi 400 metros cuadrados. Es todo lo que hay que decir. Pbro. Aldo Marcos Moschetta. Párroco", concluyó.
Fuente: austrinidad.com.ar




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