
La Justicia resolvió que los hechos denunciados contra el sacerdote Daniel Martínez no constituyen delito
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El expediente se había iniciado el 2 de junio pasado, cuando una integrante del Equipo de Orientación del colegio se presentó en la Comisaría de Género y Familia Nº 1 para denunciar que una alumna de 11 años le había manifestado que el sacerdote le había hecho “tocamientos” impúdicos. La profesional transmitió esa información de inmediato a las autoridades institucionales, lo que activó el protocolo escolar y derivó en la radicación de la denuncia policial, a la que se sumaron los padres de la menor.
El caso se había hecho público el 6 de junio, cuando la institución envió una nota a las familias informando que una alumna había “relatado una situación que la hizo sentir incómoda” y que, al tratarse del director general del establecimiento, se activaron los canales correspondientes ante la Inspectoría Salesiana, el Ministerio de Educación y la Policía.
Al momento de la denuncia, el sacerdote Daniel Martínez se encontraba fuera de la provincia, ya que había viajado a Córdoba por cuestiones de salud. Debido a ello fue notificado formalmente de la acusación de manera remota, a fin de que pudiera ejercer su descargo y derecho a defensa.
En el caso intervino la Fiscalía Especializada en Género, a cargo de la letrada María Guadalupe Martire, quien solicitó medidas para avanzar en la investigación. Entre ellas, la ratificación de la declaración de los padres, la participación de la Asesoría Pupilar, y la evaluación pericial de la menor para determinar si estaba en condiciones de declarar en cámara Gesell.
La niña —diagnosticada con TEA, condición del espectro autista y que asiste acompañada por una asistente terapéutica a la escuela — habría contado que el sacerdote, durante un recreo la habría empujado, apoyando sus manos en sus nalgas para impulsarla y que en otra ocasión le pidió a sus compañeros que le tiraran del pelo. Los supuestos hechos, según los dichos de la menor, habrían ocurrido en espacios comunes del colegio, y frente a otros estudiantes y docentes.
Con el avance de la causa, se incorporaron elementos clave: filmaciones de cámaras de seguridad del colegio, testimonios del entorno escolar, informes técnicos y pericias psicológicas. En base a todo ese material, el juez Vidal resolvió que no existían indicios de abuso sexual simple conforme lo previsto en el artículo 119 del Código Penal, y que no hubo violencia, amenazas, ni aprovechamiento de una situación de autoridad.
Según pudo saberse, el magistrado valoró especialmente la falta de consistencia en los relatos, el contexto de los hechos —siempre en presencia de otras personas— y las conclusiones de los peritos.
Más allá de la decisión judicial, fuentes cercanas a la congregación salesiana dejaron deslizar que Daniel Martínez no regresaría a la conducción del Colegio Don Bosco. La dirigencia eclesiástica estaría evaluando reasignarlo a otra parroquia, a fin de evitar tensiones con las autoridades no religiosas del colegio, dado que la denuncia inicial surgió desde el propio equipo institucional denominado “Equipo de Animación, Gestión y Acompañamiento”.
El religioso había llegado a Ushuaia hace unos cinco años y además de sus funciones en el Colegio Don Bosco también impartía misa en la Parroquia Nuestra Señora de la Merced.
Fuente: Diario Prensa Libre




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