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El Gobierno Provincial solicitó al Gobierno Nacional la derogación del Decreto de la creación de la reserva natural silvestre Isla de los Estados

A través del Ministerio de Producción y Ambiente, el Gobierno de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, avanza junto al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación en la derogación del Decreto Nacional  N° 929/2016 por el cual se pretendió  crear la Reserva Natural Silvestre Isla de los Estados y Archipiélago de Año Nuevo.

INTERES GENERAL 07/07/2020 informatetdf informatetdf
Frente casa de gobierno tdf

Se trata del  Decreto  Nacional  Nº 929/2016 firmado por Mauricio Macri, que colisiona jurídicamente con normas de mayor jerarquía, como leyes nacionales y hasta la propia Constitución Nacional.

La determinación de avanzar en su derogación se fundamenta en que la iniciativa encarada por la gestión provincial anterior con el apoyo del gobierno de Mauricio Macri, plantea "ilegitimidad e inconstitucionalidad".

"Ese Decreto es un avance ilegítimo sobre el territorio provincial, fue sancionado por el ex presidente Macri y avalado por el silencio de la gestión de Rosana Bertone", afirmó la titular de la cartera provincial, Sonia Castiglione, al entender que "claramente, este decreto nacional fue nocivo para Tierra del Fuego, ya que avanza claramente sobre la autonomía fueguina", por lo que se considera "fundamental" dar el paso de la derogación, algo que desde el Gobierno de Alberto Fernández se ve también con buenos ojos.

En una misiva enviada por la ministra Castiglione al ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, Juan Cabandié, se advierte  que  el  artículo  1º  de  dicho Decreto Nacional ..."es violatorio del artículo 54º, inciso 7º, último párrafo de la Constitución de la Provincia de Tierra  del  Fuego,  Antártida  e  islas  del  Atlántico  Sur;  además  de  ello,  es  lesivo  de  la autonomía  provincial  y  de  los  principios  de  la  forma  federal  de  gobierno  reconocidos por la Constitución Nacional (artículos 1º y 41º, párr. 3º)".

Además en  la Ley Nacional  Nº  22.351, artículo 3º, se expresa que: “La  creación  de  nuevos Parques  Nacionales,  Monumentos  Naturales  o  Reservas  Nacionales,  en territorio de una Provincia, sólo podrá disponerse previa cesión de la misma a favor   del   Estado   Nacional,   del   dominio   y   jurisdicción   sobre   el   área respectiva.[...]”, dicho  procedimiento nunca  se  efectuó.

Por su parte, se recuerda que la Constitución provincial, en su artículo 2º, expresa que: “La  Provincia  tiene  los  límites  territoriales  y  los  espacios  marítimos  y aéreos que por derecho le corresponden, de conformidad con los límites internacionales de la República Argentina. Cualquier modificación de los límites deberá ser autorizada por ley especial aprobada por las tres cuartas partes de los miembros de la Legislatura y sometida a consulta popular”.

A su vez, el artículo 54º, inciso 7º, último párrafo, expresa que: “[...] Declárase a la  Isla  de  los  Estados,  Isla  de  Año  Nuevo  e  islotes  adyacentes,  patrimonio  intangible  y permanente  de  todos  los  fueguinos,  “Reserva Provincial   Ecológica,   Histórica   y Turística”.  Como  puede  observarse  la  Reserva  Provincial  tiene  reconocimiento constitucional.
Además, a  través   de diferentes   instrumentos   normativos   se   logra  acreditar que   existía   con anterioridad  al  dictado  del  Decreto  Nacional  Nº  929/2016,  una  Reserva Provincial con reconocimiento constitucional. Dicha  Reserva  Provincial  se  creó  mediante  el  artículo  54º,  inciso  7º  de  la Constitución Provincial.
También  es  dable  mencionar  que,  la  Secretaría  de  Desarrollo  Sustentable  y Ambiente  de  la  Provincia,  por  Resolución  Nº  586/08,  creó  la Comisión Asesora de la Reserva Provincial Isla de los Estados, integrada por   el   Gobierno   Provincial,   la   Armada   Argentina,   el   Centro   Austral   de Investigaciones Científicas, Administración de Parques Nacionales y la Prefectura Naval.

Por su parte, la Constitución Nacional reserva a las Provincias el dominio originario de sus recursos naturales, al expresar en el artículo 124°, que:  "[...] Corresponde  a  las  provincias  el  dominio  originario  de  los  recursos  naturales existentes en su territorio".Ante ello, se entiende que el Gobierno Nacional tenía conocimiento de la existencia de la Reserva Provincial Isla de los Estados, por lo que no podía crear por “Decreto”, en forma ilegítima, una Reserva Natural de jurisdicción nacional en dicho territorio, sin que ello  generase  un  grave  daño  en  las  relaciones  inter-institucionales  entre  el  Gobierno Nacional y el Gobierno Provincial.

Frente a estos antecedentes normativos, desde el Gobierno provincial se entiende que el  Decreto  Nacional  Nº  929/2016,  colisiona jurídicamente con normas de mayor jerarquía, como leyes  nacionales y la propia  Constitución  Nacional.

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