URGENTE: Convocan al personal retirado de las Fuerzas de seguridad nacional por la Emergencia Sanitaria

El Gobierno Nacional de Alberto Fernández, con Resolución - 2020 - 51 - APN - MSG y fecha Domingo 22 de marzo de 2020, convoca en carácter de URGENTE en el marco de la Emergencia Sanitaria COVID - 19, a todo el Personal Retirado de las fuerzas de seguridad nacional a fin de colaborar con los controles que se llevan a cabo en todo el territorio argentino.

ACTUALIDAD25/03/2020informatetdfinformatetdf
Gendarmería control

Los candidatos o candidatas propuestos o personal subalterno convocado no podrán:

1. superar los SESENTA (60) años de edad;

2. haber sido condenado por un delito o poseer causa penal en trámite en calidad de imputado por delito doloso, durante el tiempo que permaneció en situación de retiro.

3. haber sido sancionado por falta disciplinaria grave o encontrarse involucrado en actuaciones disciplinarias en tramite por falta grave, durante el tiempo que permaneció en situación de retiro.

4. encontrarse comprendidos en alguno de los grupos de riesgo conforme la definición de la autoridad sanitaria nacional.

Resolución completa

Referencia: CONVOCATORIA PERSONAL RETIRADO DE LAS FFSS A PRESTAR SERVICIOS EN EL
MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA COVID-19 - EX-2020-18362417- -APN-UGA#MSG

VISTO el Expediente EX-2020-18362417- -APN-UGA#MSG, las Leyes Nros. 18.398, 19.349, 21.965, 22.520 (T.O. por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992), 24.059 y 26.102; los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260 del 12 de marzo de 2020,
274 del 16 de marzo de 2020 y 297 del 19 de marzo de 2020; los Decretos Nros. 6242 del 24 de diciembre de 1971, 1866 del 11
de agosto de 1983, 836 del 19 de mayo de 2008 y 954 del 23 de noviembre de 2017 y sus modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 260 del 12 de marzo de 2020 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el
coronavirus (COVID-19) estableciéndose las obligaciones a ser observadas por la población, así como las facultades y
competencias confiadas a las Jurisdicciones y Organismos para su adecuado y articulado marco de actuación.

Que con fecha 16 de marzo se dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 274/2020 por el que se establece la prohibición de ingreso al territorio nacional, por un plazo de QUINCE (15) días corridos, de personas extranjeras no residentes en el país, a través
de PUERTOS, AEROPUERTOS, PASOS INTERNACIONALES, CENTROS DE FRONTERA y cualquier otro punto de acceso (conf. Art. 1º), instruyéndose a los MINISTERIOS DEL INTERIOR; DE TRANSPORTE; DE SEGURIDAD; DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO; DE SALUD; DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS a adoptar las medidas que resulten necesarias a efectos de su implementación (conf. Art. 3º).

Que atento la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional, con fecha 19 de marzo se dictó
el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 por el que se estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación
epidemiológica.

Que durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 20 de marzo de 2020, momento de inicio de la medida dispuesta. Debiendo abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos.

Que para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas por el citado Decreto de Necesidad y Urgencia, se instruyó al MINISTERIO DE SEGURIDAD a disponer controles permanentes en rutas, vías y espacios públicos, accesos y demás lugares estratégicos, en coordinación y en forma concurrente con sus pares de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (art. 3º) y que cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se proceda
de inmediato a hacer cesar la conducta infractora, dándose actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.

Que asimismo, el MINISTERIO DE SEGURIDAD deberá disponer la inmediata detención de los vehículos que circulen en infracción a lo dispuesto en el mencionado decreto y proceder a su retención preventiva por el tiempo que resulte necesario, a fin de evitar el desplazamiento de los mismos, para salvaguarda de la salud pública y para evitar la propagación del virus (conf. Art.
4º)

Que consecuentemente, las tareas encomendadas a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales dependientes de este Ministerio requieren del empleo de recursos humanos que superan la nómina de personal que revista en actividad.

Que la legislación vigente para la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, la
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la GENDARMERIA NACIONAL prevén que el personal retirado podrá ser llamado a prestar servicios cuando se encuentre comprendido en los supuestos desarrollados en dicha normativa.

Que el artículo 87 de la Ley Nº 21.965 para el personal de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, establece los casos en que
personal en situación de retiro, podrá ser llamado a prestar servicios.

Que la Ley Nº 26.102 y el Decreto 836/2008 prevén que el personal retirado de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA puede ser convocado en forma voluntaria u obligatoria a prestar servicio activo, cumpliendo los requisitos allí establecidos.

Que, en el caso de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el artículo 77 de la Ley Nº 18.398 establece las condiciones mediante las cuales el personal retirado puede ser llamado a prestar servicios.

Que el artículo 040.302 de la Reglamentación del Personal de la PREFECTURA NAVAL DE ARGENTINA, aprobada por el Decreto N° 6242 del 24 de diciembre de 1971 y sus modificatorios establecen que “la incorporación del Personal Superior en retiro en servicio será dispuesta por el Ministerio del Interior”.

Que, en el caso de la GENDARMERIA NACIONAL, el artículo 84 de la Ley Nº 19.349 establece que el personal retirado podrá prestar servicios en organismos de esa Institución cuando se encuentre comprendido en el supuesto del artículo 96, inciso a) apartado 1) o normas similares contenidas en leyes anteriores.

Que la ley de Seguridad Interior, Nº 24.059, dispone que el MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargo la dirección superior de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad del Estado Nacional.

Que por Decreto Nº 954/2017 y sus modificatorios, se delegó en la Titular del MINISTERIO DE SEGURIDAD la facultad respecto del personal de la GENDARMERÍA NACIONAL, de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA de efectuar el llamado a prestar servicios y su cese, del personal superior en situación de retiro, a propuesta de los
Titulares de las Fuerzas de Seguridad y de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA (conf. Art. 1º)

Que asimismo, por artículo 3º del citado decreto se delegó “en los Titulares de la GENDARMERÍA NACIONAL y de la
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, la facultad para resolver sobre los siguientes asuntos, según corresponda, relativos a sus respectivas Fuerzas: (…) g. El llamado a prestar servicios y su cese, del personal subalterno en situación de retiro.”; y por el artículo 4º en el Titular de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA “la facultad para resolver sobre los siguientes asuntos: (…)f.El llamado a prestar servicios y su cese del personal subalterno en situación de retiro”.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente resolución, conforme lo dispuesto por el artículo 4º y 22 bis de la Ley de Ministerios (T.O.1992) y sus modificaciones.

LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Instrúyase a los señores Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, Director Nacional de la POLICIA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA, Director Nacional de la GENDARMERÍA NACIONAL y Prefecto Nacional Naval de la  PREFECTURAN ARGENTINA, a someter a consideración del MINISTERIO DE SEGURIDAD las propuestas para convocar a personal superior retirado a prestar servicios para brindar apoyo en el desempeño de las tareas encomendadas a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales dependientes de este Ministerio en el marco de lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y
Urgencia Nros. 260/2020, 274/2020 y 297/2020, así como las dispuestas por cualquier otra medida dictada en el marco de la situación epidemiológica.

ARTICULO 2º.- Instrúyase a los señores Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, Director Nacional de la GENDARMERÍA
NACIONAL y Prefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, a convocar al personal subalterno en situación de retiro a prestar servicio con el objeto de brindar apoyo en el desempeño de las tareas encomendadas a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales dependientes de este Ministerio en el marco de lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nros. 260/2020, 274/2020 y 297/2020, así como las dispuestas por cualquier otra medida dictada en el marco de la situación epidemiológica.

ARTICULO 3º.- Los candidatos o candidatas propuestos o personal subalterno convocado no podrán:

1. superar los SESENTA (60) años de edad; 

2. haber sido condenado por un delito o poseer causa penal en trámite en calidad de imputado por delito doloso, durante el tiempo que permaneció en situación de retiro;

3. haber sido sancionado por falta disciplinaria grave o encontrarse involucrado en actuaciones disciplinarias en tramite por  falta grave, durante el tiempo que permaneció en situación de retiro;

4. encontrarse comprendidos en alguno de los grupos de riesgo conforme la definición de la autoridad sanitaria nacional.

ARTICULO 4º.- Las convocatorias instruidas por los artículos 1º y 2º de la presente medida se extenderán por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Te puede interesar
IMG_20260209_122437_478

Habrá descuentos especiales en pasajes aéreos para fueguinos

informatetdf
ACTUALIDAD09/02/2026

El Instituto Fueguino de Turismo informó que, a partir de ahora, los residentes de Tierra del Fuego se incorporarán al programa de descuentos especiales en vuelos domésticos que regirá en todo el país. Los mismos se comercializan a través de la oficina física que la agencia de viajes Almundo posee en la provincia.

Expo Mujer2019

Inició la convocatoria para una nueva Expo Mujer en Ushuaia

informatetdf
ACTUALIDAD09/02/2026

La Municipalidad de Ushuaia, a través de la Secretaría de las Mujeres, Géneros y Diversidades, abrió la convocatoria para una nueva edición de la Expo Mujer, un espacio destinado a visibilizar, fortalecer y acompañar emprendimientos de producción propia impulsados por mujeres y diversidades de la ciudad.

teclado-de-piano

Brindarán nuevas propuestas culturales en Ushuaia

informatetdf
ACTUALIDAD04/02/2026

La Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Ushuaia, informa que se sumarán nuevas propuestas de talleres culturales para esta temporada de verano, contando con espacios de aprendizaje de artes visuales, teatro y música para todas las edades. Quiénes deseen inscribirse, podrán hacerlo a través del WhatsApp 2901-400987.

Banco TDF ush

Confirmaron cronograma de pago de haberes de la Provincia

informatetdf
ACTUALIDAD04/02/2026

El Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a través del Ministerio de Economía, informa a beneficiarios de los Planes y Pensiones RUPE - VEJEZ - TARJETA BIENESTAR que se realizará el depósito correspondiente el día jueves 05 de febrero de 2026 acreditándose los montos el día viernes 06 de febrero de 2026.

Punto Digital Ushuaia

Punto Digital lanzó nuevas capacitaciones

informatetdf
ACTUALIDAD03/02/2026

La Secretaría de Políticas Sociales, Sanitarias y de Derechos Humanos de la Municipalidad de Ushuaia, a través de Punto Digital, puso en marcha nuevas capacitaciones gratuitas en el marco del programa Verano Conectado, orientadas a fortalecer habilidades personales, comunicacionales y digitales.

Lo más visto
IMG_20260203_110219_916

Comenzó el montaje del nuevo elevador del Cerro Martial de Ushuaia

informatetdf
INTERES GENERAL03/02/2026

Inició el montaje del nuevo medio de elevación del Cerro Martial con la colocación de la primera columna de la estructura. Un hito clave en una obra estratégica que permitirá recuperar y reconfigurar este histórico centro de montaña, incorporando tecnología de última generación y ampliando su uso durante todo el año.

IMG_20260209_122437_478

Habrá descuentos especiales en pasajes aéreos para fueguinos

informatetdf
ACTUALIDAD09/02/2026

El Instituto Fueguino de Turismo informó que, a partir de ahora, los residentes de Tierra del Fuego se incorporarán al programa de descuentos especiales en vuelos domésticos que regirá en todo el país. Los mismos se comercializan a través de la oficina física que la agencia de viajes Almundo posee en la provincia.

Carnaval Ushuaia gente

Se realizará una nueva edición de Carnavales en Ushuaia

informatetdf
EVENTOS10/02/2026

En el marco del “Carnaval del Fin del Mundo 2026”, la Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Ushuaia presentó la agenda de actividades que impulsará para este gran festejo popular. Además de los Carnavales Centrales los días lunes 16 y martes 17 de febrero sobre Avenida Maipú, estará la Gala de Carnaval, así como una Exposición Fotográfica y el Taller de Antifaces.