
Analizarán proyecto de Ley para regular actividades recreativas al aire libre
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El texto del proyecto de Ley, regula las actividades recreativas en ambientes naturales de Tierra del Fuego, como el senderismo, montañismo y otras de índole acuáticas de manera individual y grupales.
En la fundamentación del proyecto, Federico Sciurano y Liliana Martínez Allende, sostienen que la Provincia, por sus atractivos naturales, es el escenario propicio para actividades al aire libre. Además, ostienen que por su naturaleza, ellas no están exentas de riesgos para la seguridad, salud y bienestar de quienes las practiquen.
Desde el bloque de la UCR señalan que realizar este tipo de acciones “conllevan riesgos inherentes, que van desde lesiones menores hasta situaciones de emergencia potencialmente mortales”. En este punto, recuerdan que es obligación del Estado “garantizar la seguridad de quienes participan en estas actividades y promover su práctica responsable”.
En el articulado, de once ítems, proponen la promoción de la seguridad y bienestar en las actividades que se realicen en entornos naturales. En este sentido, define actividades de aventura, las que “impliquen un riesgo potencial para la salud y la vida” y que sean llevadas adelante en senderos, montañas, ríos, lagos y bosques.
También dispone que el Ejecutivo fueguino dé la difusión debida a las alternativas de circuitos oficiales para la práctica segura de actividades recreativas en ambientes naturales de Tierra del Fuego.
Asi, propone que difundir las recomendaciones y medidas especiales de seguridad para cada actividad dentro de los circuitos oficiales para la práctica segura de actividades recreativas en ambientes naturales y será el Estado quien garantizará las condiciones de seguridad y de auxilio necesarias ante un eventual accidente, extravío y/o infortunio que pudiere suceder en estos sectores delimitados.
Otro de los artículos de la iniciativa que deberá ser analizada, propone que “toda persona que participe en actividades de aventura individuales o en grupo, por mera voluntad de los interesados, fuera de los circuitos oficiales establecidos, deberá contar con una póliza seguro vigente”.
Ese documento deberá cubrir al menos “los gastos relacionados con operaciones de búsqueda, rescate y evacuación en caso de emergencia” y aquellas erogaciones en conceptos “médicos y hospitalarios derivados de lesiones sufridas durante la actividad de la persona como así también del personal destinado a su rescate".




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